viernes, 31 de agosto de 2018

La extinción de dominio


Analizaremos los beneficios de esta herramienta jurídica y los peligros que puede acarrear en manos de operadores jurídicos inescrupulosos o temerarios.
               
  En este encuentro vamos a analizar un instituto jurídico que se utiliza en varios países de Latinoamérica que le permite al estado quitarle a algunas personas determinados bienes relacionados con un delito. Generalmente, se trata de bienes obtenidos como fruto de actividades ilícitas como, por ejemplo, el dinero cobrado por la venta de cocaína, pero también puede abarcar otros casos (por ejemplo, los autos utilizados para trasladar la droga).  
Ley de extinción de dominio en México
 Normalmente se produce dentro de un proceso penal y se denomina “decomiso” y, por lo general, solo se aplica cuando se condena al imputado. Sin embargo, varios países de la región -al mismo tiempo que mantienen el decomiso por vía penal- han regulado un proceso de “extinción de dominio” que se desarrolla en un fuero distinto.. 
    
  La novedad de este instituto jurídico es que no se trata necesariamente en un proceso penal: lo que hay es un juez (penal, civil o de un juzgado especial, según los diferentes países) que establece la relación del delito con el bien sujeto a recuperación por parte del estado. 

   En el 2016 las diputadas oficialistas Carrió y Camaño impulsaron un proyecto temerario que se aprobó en la cámara baja. El senado no lo trató: hasta el propio oficialismo dejó se negó a defenderlo y presentó otro mucho mejor, impulsados por los senadores Federico Piñedo y Humberto Schiavoni. Sin embargo, el proyecto que se aprobó en la cámara alta, por 26 a 40 votos, fue el de la oposición. 
    

  Este será el tema central de nuestro programa semanal.

   
¡Que lo disfruten!





NOTA RELACIONADA: Para entender el debate que se dio en el Senado argentino traemos este artículo del periódico "Diario Popular".


El Senado aprobó la extinción de dominio y vuelve a Diputados



Con 40 votos a favor, 26 en contra y ninguna abstención, la Cámara alta aprobó este jueves el proyecto que permitirá al Estado convertirse en titular de los bienes obtenidos por medio de actividades ilícitas. Tras esto, ahora regresa a la Cámara baja para su tratamiento. 

Con 40 votos a favor, 26 en contra y ninguna abstención, la Cámara de Senadores aprobó este jueves el proyecto sobre extinción de dominio luego del debate sobre los allanamientos a la ex presidenta Cristina Kirchner y ahora el mismo volverá a Diputados.

La extinción de dominio es una figura jurídica que viene siendo reclamada con insistencia por el Gobierno porque permitiría al Estado convertirse en titular de los bienes obtenidos por medio de actividades ilícitas, pero el oficialismo no logró llegar a un acuerdo con la oposición sobre el tema.
El proyecto de Cambiemos le otorga al fuero civil la potestad de dictar la extinción de dominio en medio de una causa penal y permite hacerlo antes de que haya condena, pero además establece que esta figura podrá aplicarse a las causas que ya estén en curso o ante hechos ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley.

De esta manera, la iniciativa del oficialismo promueve una suerte de retroactividad para la aplicación de la extinción de dominio a la que el Bloque Justicialista se opone, en base a que la jurisprudencia indica que las leyes penales no pueden ser retroactivas.

En caso de que el Senado la apruebe, el tema volverá a la Cámara de Diputados.

LAS FRASES DESTACADAS:
"La Extinción de Dominio busca que el Estado recupere para sí bienes del delito grave, no de cualquier delito", dice el senador Pinedo Federico de Cambiemos.

“Avanzar en el proyecto tal como viene de la Cámara de Diputados es, sin lugar a dudas, conculcar los principios constitucionales del debido proceso, de las garantías constitucionales y del principio de inocencia”, dice la senadora Marilin Sacnun, senador a Santa Fe del FVP.

"No hay celeridad si tenemos que esperar una condena penal para que opere la Extinción de Dominio", afirma Claudio Poggi del Partido Justicialista.

“La mayoría de los ciudadanos quieren respuestas, no tanto argumentos jurídicos y ahí es donde viene el problema”, dice Pedro Braillard Poccard de Eco/Cambiemos.

"Hoy hay un sinnúmero de hechos de corrupción que también necesitan ser juzgados y alcanzados por esta ley", sostiene Magdalena Odarda del Partido RIO.

"La sociedad está esperando que se condene rápidamente en materia penal pero que también, tantos los instrumentos que llevaron a cometer ese delito como los bienes que se generaron a partir del mismo vuelvan al pueblo", expone Julio Cobos de la UCR.

“No estoy de acuerdo con que esto sea una acción civil dentro del proceso civil. Por lo menos tiene que haber una sentencia penal que diga que alguien es culpable”, sostiene Maurice Closs de Partido de la Concordia Social.

"La Justicia tardía en nuestro país es moneda corriente, máxime para las causas de corrupción", dice Silvia E. de Pérez de Cambiemos.

"Hay algunos que hacen oportunismo político, que buscando el acompañamiento social recorren los canales de televisión y cada uno que aparece le va sumando un artículo al proyecto de ley", señala José Miguel Ángel Mayans del Partido Justicialista.

"Así como vino de Diputados, tiene falencias gruesas que rozan lo inconstitucional porque en realidad no protege el derecho de propiedad: con la simple denuncia se extingue el dominio. El proyecto del senador Pinedo resuelve este tema", dice Silvia Giacoppo de la UCR.