viernes, 3 de noviembre de 2017

ARGENTINA: Para los amigos justicia, para los enemigos la ley.


Analizaremos cómo la justicia, en el gobierno de Macri, ataca a los representantes del gobierno anterior casi que arbitrariamente mientras sobresee sumariamente a los miembros del actual gobierno. 
                     
   La justicia argentina en los tiempos de Mauricio Macri da muestras de una parcialidad pocas veces vista. Así, a las causas contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner inventadas por el juez Bonadío, conocidas como “Los Sauces” y “Hotesur” por recibir sobornos mediante el pago de alquileres comprobados, bancalizados y declarados impositivamente, se sumaron en estos últimos días otras causas no menos kafkianas.

   A menos de una semana de haber triunfado en las elecciones para renovar
Diputado Nacional Julio De Vido
parcialmente el parlamento,
el gobierno consiguió la mayoría calificada necesaria para desaforar (quitar la inmunidad judicial de la que gozan diputados y senadores) al diputado y ex ministro de Planificación durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, Julio de Vido. Apenas cinco minutos después del desafuero ya estaba la Gendarmería en el domicilio del legislador para llevárselo preso preventivamente con amplia cobertura y festejo de la prensa afín al gobierno. Huelga decir que tanto el peritaje que motivó la causa penal – sobreprecio en la compra de gas licuado- como el “peligro de obstrucción de la justicia” que alegó el juez para dictar la prisión preventiva son verdaderas creaciones del surrealismo jurídico
.
  
   Siguiendo con el tren de absurdos judiciales, esta semana el Tribunal Oral Federal 6 condenó al exsecretario de Comercio Guilermo Moreno a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, por el supuesto desvío de fondos para la compra de cotillón anti-Clarín cuando los fiscales intervinientes se abstuvieron de realizar la acusación por entender que los hechos no constituyen delito.

   Como si no bastase, la presión insoportable realizada por miembros del
Procuradora Alejandra Gils Carbó
gobierno, desde el propio presidente Mauricio Macri hasta secretarios de segundo escalón sobre la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, forzó su renuncia. La procuradora pretende, con ese gesto, que se frene la modificación del Ministerio Público Fiscal propuesta por el gobierno que va en desmedro de la independencia del órgano.

   Por otro lado, primero el juez civil Andrés Fraga dictaminó que el presidente Mauricio Macri no fue socio ni
Mauricio Macri
accionista de las offshore Fleg Trading y Kagemusha que salieron a la luz a raíz de los Panamá Papers, luego la jueza Elizabeth Paisan, mencionada en el registro de pago de coimas del comisario Villareal que incriminó al ex jefe de la Policía de la Ciudad, José Pedro Potocar, sobreseyó al presidente y a su mejor amigo Nicolás Caputo en la causa que los investigaba por enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con la función pública e inconsistencias en sus declaraciones juradas fundamentando su decisión, precisamente, en lo dictaminado por el juez Fraga.


   Y para completar la semana, el primo hermano del Presidente, Jorge Macri, fue beneficiado con un fallo de la Cámara Federal de San Martín que anula el embargo por 8 millones de pesos que había dictado Arroyo Salgado por el presunto lavado de dinero a través de la compra de un departamento en Miami.

   Sin querer hacer alarmismos ni adivinaciones, creemos que la cosa no va a parar por aquí… malos tiempos para la república.

¡Que lo disfruten!





UNA ADENTRO: Por resolución de la Corte Suprema dos ex jueces condenados en una causa por delitos de lesa humanidad deben cumplir efectivamente la prisión en una cárcel común.


"Resolución de la Corte Suprema en una causa por delitos de lesa humanidad: dos ex jueces que deben ser arrestados"

Los ex magistrados Evaristo Carrizo y Guillermo Petra fueron condenados pero seguían en libertad. Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco dijeron que debía revocarse la resolución que los mantenía fuera de la cárcel.

Por Laura Vales


La Corte Suprema de Justicia revocó una resolución de la Cámara de Casación y dispuso que dos ex jueces federales de Mendoza, condenados como partícipes primarios en hechos de secuestros, torturas y homicidios cometidos durante la dictadura, vayan a la cárcel. Se trata de Evaristo Carrizo y Guillermo Petra; ambos tenían sentencia a perpetua, pero aún estaban en libertad. El fallo sumó los votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco.

“Esta es una resolución muy importante teniendo en cuenta los momentos que estamos viviendo. Es a favor de los juicios de lesa humanidad, pero además Highton de Nolasco, después de haber votado a favor del 2x1, vuelve a darle su voto a la continuidad de los juicios. Que se haya recuperado la mayoría para que se cumplan las condenas en las causas de lesa humanidad es de gran peso. Nos hace llenar de esperanza de que en otros casos la Corte tome el mismo camino, es decir que Highton siga brindando su voto para conformar una mayoría con Lorenzetti y Maqueda y no con (Horacio) Rosatti y (Carlos) Rosenkrantz”, dijo a PáginaI12 Pablo Salinas, abogado de las víctimas. Para Salinas, esta “vuelta de Highton a los criterios que sostuvo siempre tendrá que ver con sus íntimas convicciones, pero también con que hay una gran mayoría de la sociedad que respalda los juicios. Eso quedó muy claro y es una buena señal”.

Los ministros señalaron que se debía aplicar el precedente de la causa contra el represor Jorge Olivera Rovere, que había sido condenado por lesa humanidad y quedado libre hasta que la Corte dispuso su detención. 

Los casos por los que fueron condenados los ex jueces federales fueron parte de una megacausa que reconstruyó lo sucedido con 207 personas, entre las que hubo asesinados, desaparecidos y sobrevivientes que pasaron por varios centros clandestinos de detención.  Durante el proceso, las querellas y la fiscalía demostraron que la denegación de hábeas corpus, así como la decisión de no investigar las denuncias presentadas por las familias, no fue una actuación pasiva sino activa, que implicó la complicidad en los crímenes. 

Los acusados llegaron a juicio imputados de omisión de investigar, pero iniciadas las audiencias los querellantes y la fiscalía ampliaron la acusación y pidieron que fueran condenados como partícipes primarios.   En aquel momento también pidieron sus detenciones, pero el tribunal oral lo denegó. El pedido subió así a la Cámara de Casación –que también se expidió negativamente– y llegó a la Corte luego de que la sentencia que los encontró culpables como partícipes primarios fuera dictada. 
Como es habitual, el fallo de la Corte no ordenó las detenciones, sino que indicó a Casación que deje sin efecto la resolución que los mantenía libres. Esto debería concretarse en cuestión de horas. 

Los ex magistrados condenados en la megacausa fueron cuatro. Tras la vuelta a la democracia, habían continuado ocupando lugares preferenciales en la justicia. Recién en 2011 fueron destituidos por el Consejo de la Magistratura. Luis Miret falleció, mientras que el cuarto ex juez federal, Otilio Romano, ya tenía dictada la prisión porque estuvo prófugo en Chile, de donde fue extraditado. Luego obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria por sus problemas de salud. Lo mismo podría ser solicitado ahora por Carrizo y Petra.